No Recuperó los Ayunos que Le Faltaban
Antes de que el Ramadán Llegara
Pregunta:
¿Si un hombre todavía tuviera que recuperar algunos días a partir del mes de Ramadán y él no los recuperó antes del principio del siguiente Ramadán, qué debería hacer?
¿Si un hombre todavía tuviera que recuperar algunos días a partir del mes de Ramadán y él no los recuperó antes del principio del siguiente Ramadán, qué debería hacer?
Respuesta:
Es bien conocido que Allaah, el Más Glorificado, el más Alto dice:
De este modo, este hombre, que rompió su ayuno por alguna válida razón legal, está obligado a compensarlo, en obediencia a la Orden de Allaah, el más Glorificado, el más Alto. Él debe recuperarlo en aquel año, y él no debería retrasarlo hasta el final del Ramadán siguiente. ‘Aishah, que Allaah esté complacido con ella, dijo:
”Yo tuve días que recuperar del Ramadán, y fuí incapaz de recuperarlos hasta Sha’ban (es decir el mes antes del Ramadán siguiente).” [1]
Esto es debido a la relación del Mensajero de Allaah con ella, entonces su dicho ’Fuí incapaz de hacerlos hasta Sha’ban’ es una prueba que ellos deben ser compensados antes del principio del siguiente Ramadán.
Pero si él lo retrasó después del Ramadán siguiente, él debería buscar el perdón de Allaah y arrepentirse a Él, y estar arrepentido de lo que él ha hecho, y compensar estos días. La obligación de compensarlos no es quitada simplemente porque ha sido retrasado, entonces él debería compensar estos días aun si fuera después del siguiente Ramadán. Y Allaah es el Dador del Éxito.
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[1] Relatado por al-Bukhari en el Libro del Ayuno, en el Capítulo: Cuando Deberían ser Compensados los Días Perdidos del Ayuno (1950).
Es bien conocido que Allaah, el Más Glorificado, el más Alto dice:
En el mes de Ramadán se hizo descender el Corán, dirección para los hombres y pruebas claras de la Guía y del Discernimiento; así pues, quien de vosotros vea el mes*, que ayune, y el que esté enfermo o de viaje que lo haga en otro momento, por el mismo número de días.[Al-Baqarah 2:185]* [Es decir la luna nueva, que indica el comienzo del mes.]
De este modo, este hombre, que rompió su ayuno por alguna válida razón legal, está obligado a compensarlo, en obediencia a la Orden de Allaah, el más Glorificado, el más Alto. Él debe recuperarlo en aquel año, y él no debería retrasarlo hasta el final del Ramadán siguiente. ‘Aishah, que Allaah esté complacido con ella, dijo:
”Yo tuve días que recuperar del Ramadán, y fuí incapaz de recuperarlos hasta Sha’ban (es decir el mes antes del Ramadán siguiente).” [1]
Esto es debido a la relación del Mensajero de Allaah con ella, entonces su dicho ’Fuí incapaz de hacerlos hasta Sha’ban’ es una prueba que ellos deben ser compensados antes del principio del siguiente Ramadán.
Pero si él lo retrasó después del Ramadán siguiente, él debería buscar el perdón de Allaah y arrepentirse a Él, y estar arrepentido de lo que él ha hecho, y compensar estos días. La obligación de compensarlos no es quitada simplemente porque ha sido retrasado, entonces él debería compensar estos días aun si fuera después del siguiente Ramadán. Y Allaah es el Dador del Éxito.
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[1] Relatado por al-Bukhari en el Libro del Ayuno, en el Capítulo: Cuando Deberían ser Compensados los Días Perdidos del Ayuno (1950).
Shaykh Muhammad bin Saalih al-`Uthaymin
Fatawa Arkaanul-Islaam, DARUSSALAM, Vol.2, P.673.
Taducido del Inglés por Ummu Abderahman Yasmina al Andalussia
Fuente en castellano: http://perlasdelislam.blogspot.com/
Tomado de: http://www.fatwaislam.com/
Fatawa Arkaanul-Islaam, DARUSSALAM, Vol.2, P.673.
Taducido del Inglés por Ummu Abderahman Yasmina al Andalussia
Fuente en castellano: http://perlasdelislam.blogspot.com/
Tomado de: http://www.fatwaislam.com/
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